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El sector agroexportador de Paraguay aprovechó la cuarentena por la pandemia de COVID19 para deforestar en varios lugares de la región Oriental del país, a pesar de la vigencia de la Ley 6.256 de “Deforestación Cero”.

Entre otras comunidades, estas actividades afectaron a la colonia Yerutí (departamento de Canindeyú), informó Base Investigaciones Sociales el 11 de mayo pasado.

La misma comunidad fue noticia mundial en setiembre del año pasado, cuando un dictamen del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas responsabilizó al Estado paraguayo de no haber protegido los derechos a un ambiente saludable y a la vida del joven agricultor Rubén Portillo y otras personas del lugar. [1]

Portillo falleció de camino al hospital regional de Curuguaty el 6 de enero de 2011 luego de presentar síntomas de intoxicación (vómitos, diarrea, fiebre, granos en el cuerpo, malestar general) por fumigaciones indiscriminadas de explotaciones sojeras que asediaban a las familias campesinas, y luego de que instituciones estatales ignoraran varias denuncias previas de la comunidad.

En los siguientes 15 días, unas 22 personas vecinas a Portillo, incluyendo a su familia, acudieron al hospital por presentar los mismos síntomas.

En su intervención, el Comité instó al Estado paraguayo a aplicar una serie de medidas de reparación hacia la familia afectada y la comunidad, y especialmente a “adoptar medidas para evitar que se cometan transgresiones semejantes en el futuro”.

La situación nacional del derecho a un ambiente saludable es uno de los temas analizados en el Informe Derechos Humanos Paraguay 2019, editado a fines del año pasado por la Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay (CODEHUPY).

“El derecho a un ambiente saludable y adecuado es uno de los derechos más amplios y que mayor diversidad de acciones e involucramiento de entes públicos requiere”, analizaron los abogados Óscar Ayala Amarilla, Julia Cabello y Walter Isasi en el artículo “¿Desarrollo y progreso? Más bien exclusión y despojo. Medio ambiente en emergencia”.

El material deja ver que el 2019 fue representativo en cuanto al deterioro del medio ambiente que vive Paraguay hace décadas, pues registró inundaciones, incendios forestales sin precedentes, deforestación y fumigaciones con agrotóxicos.

Frente a esta realidad la respuesta del Estado se divide entre la improvisación de políticas públicas por un lado y el impulso de estrategias que privilegian al sector extractivo agroexportador por otro, en detrimento de los derechos de comunidades campesinas e indígenas.

Ejemplos de estos privilegios son el rechazo de la aplicación de ley de Deforestación Cero para la región del Chaco, como medida para fomentar al sector ganadero; la deforestación de parte del Jardín Botánico y Zoológico de Asunción en nombre del “progreso” o la línea de crédito rápido exclusiva para el sector ganadero frente a las inundaciones en 2019, a pesar de que esta catástrofe climática afectó en mayor medida a otros sectores más vulnerables.

Esa mirada de privilegio, además de las consecuencias sobre el equilibrio ambiental y los derechos de otros sectores, riñe con el principio de igualdad, señala el artículo.

Los articulistas señalan la necesidad de tomar en cuenta la Declaración de Johannesburgo y el Programa Interamericano para el Desarrollo Sostenible 2016-2021, instrumentos que establecen que el único desarrollo económico aceptable es aquel que contempla el desarrollo sostenible y la protección ambiental.

La violación de derechos ambientales en las comunidades, con su cuota de omisión estatal, representa actualmente una de las mayores fuentes de conflicto social en el país. Frente a las comunidades que reclaman sus derechos, el Estado paraguayo respondió con la criminalización y judicialización de sus líderes y defensores de Derechos Humanos, como quedó registrado en en torno a las comunidades de Capiibary (población campesina) y Emha Solyatektama (pueblo enxet).

“Como en otros temas de Derechos Humanos, el Estado paraguayo suscribe y ratifica convenios internacionales e incluso elabora programas y proyectos, para después no concretarlos, en una arraigada práctica de denegación de satisfacción de derechos y más aún cuando su efectividad dependa de eliminar privilegios de sectores de poderío económico”, concluye el artículo.

Entre sus recomendaciones al Estado paraguayo el artículo propone:

Promulgar la Ley de “Deforestación Cero” para el Chaco; Diseñar/aplicar planes de prevención y mitigación para desastres en consulta con las comunidades afectadas; eliminar los privilegios otorgados a algunos sectores sobre otros, y con consecuencias en el disfrute del derecho a un ambiente saludable; ratificar el Acuerdo de Escazú sobre Asuntos Ambientales; regular, supervisar y fiscalizar las actividades que producen impacto en el ambiente, dotando de una intervención suficiente y un procedimiento efectivo; adoptar el principio precautorio como medida de acción y; sancionar una Ley de Creación del Fuero Agrario y Ambiental, que al no existir obstaculiza la administración de justicia en conflictos en torno a la tierra y el ambiente en el país.

[1] En su comparecencia en el Comité de la ONU las personas afectadas fueron acompañadas jurídicamente por Base Investigaciones Sociales y la Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay (CODEHUPY)

Asunción, junio 5 de 2020

Acceder al artículo completo: Derechos Ambientales

 

Para más información:

Oscar Ayala Amarilla, secretario ejecutivo de CODEHUPY; +595 971 284292

Julia Cabello, abogada de CODEHUPY; +595 982 344034