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El Tribunal de Sentencias que atiende el juicio de la estudiante Aurora Lezcano tiene la oportunidad de garantizar el derecho a la protesta de toda la sociedad paraguaya, señaló la Codehupy. Alertó además que podrían generarse nuevas responsabilidades internacionales al Estado paraguayo.

Mediante la presentación de un Amicus -escrito donde un tercero que no es parte de un proceso, brinda observaciones que aportan al análisis de un caso de trascendencia pública- la Codehupy advirtió al Poder Judicial que en el juicio de la estudiante Aurora Lezcano, se debate el derecho a la protesta social de toda la sociedad paraguaya.

Aurora enfrenta un proceso penal por el supuesto hecho de coacción en grado de coautoría desde 2018, tras haber protestado con sus compañeras/os para exigir reivindicaciones a la Universidad Católica.

Para la Codehupy, el caso de la estudiante es de trascendencia pública, porque es paradigmático, es decir, es el ejemplo de la sistemática violación del derecho a la protesta social en Paraguay, a través de canales legales que son utilizados para criminalizar y en consecuencia disuadir, intimidar e impedir a la ciudadanía ejercer este derecho.

La codehupy, como organización que trabaja en la defensa y promoción de los derechos humanos, busca dejar a la vista del Tribunal elementos y estándares del derecho internacional de los derechos humanos que son de obligatoria consideración por parte de los órganos del Estado, ya que han sido voluntariamente aceptados y suscriptos por el Estado.

Aurora en la convicción de estar ejerciendo su derecho, no se acogió a la suspensión condicional del procedimiento, una salida que fue tomada por otras y otros líderes estudiantiles que también fueron perseguidos judicialmente.

La Codehupy recuerda que el Código Penal establece que no puede sancionarse a nadie por descripciones genéricas, sino que debe existir una descripción precisa y circunstanciada de la relación de la persona acusada con la acción ilegal.

En ese sentido, el escrito resalta que la acusación de la Fiscalía adolece de:

  • Una descripción precisa y circunstanciada del o los hechos punibles que se atribuyen a Aurora, o cuál fue su aporte;
  • La fundamentación de la acusación se aleja de la especificidad y por el contrario cae en una formulación genérica ritual, ya conocida en procesos de criminalización de defensores/as de derechos humanos;  
  • La expresión precisa de los preceptos jurídicos aplicables, porque olvida que el derecho a la protesta social es un precepto constitucional y convencional fundamental.

“Para la Codehupy, la discusión sobre el caso Aurora Lezcano no es fáctica, no se trata de la protesta que realizó, sino de si ejercer el derecho a la protesta ¿Es un hecho punible o un derecho?”, indica la organización.

El Amicus fue presentado el miércoles 9 de marzo. El juicio se encuentra suspendido hasta el 16 de marzo. La Codehupy acompañará el proceso del caso, atendiendo todas las derivaciones que pueden implicar en el marco del derecho internacional de los derechos humanos.

Para más información: 0974-252061 / 0971-365000